Lesiones y enfermedades en fuerzas de seguridad

Atendemos a personal policial y de seguridad privada por lesiones sufridas en servicio y por las enfermedades que genera la actividad.

En resumen

El personal de seguridad tiene cobertura por las lesiones sufridas en servicio y por enfermedades vinculadas a la actividad, incluidos los cuadros de estrés y las afecciones psíquicas cuando se acredita el nexo laboral. Los regímenes varían según se trate de fuerza provincial, federal o seguridad privada, por lo que conviene revisar cada caso en particular.

Lesiones en servicio

Enfrentamientos, forcejeos y reducciones que terminan en lesiones de hombro, rodilla y columna. Accidentes de tránsito en móviles. Caídas en persecuciones. Lesiones auditivas por disparos sin protección.

Estrés y afecciones psíquicas

La exposición sostenida a situaciones de violencia, los turnos rotativos y la carga emocional del servicio pueden derivar en cuadros de estrés postraumático, trastornos de ansiedad y depresión.

Estas afecciones son reclamables cuando se acredita su vínculo con la actividad. Requieren pericia psicológica y psiquiátrica, y suelen ser resistidas por las aseguradoras: por eso importa el acompañamiento profesional.

Contanos tu caso. La consulta es gratis.

Evaluamos tu situación sin cargo y te decimos con honestidad si te corresponde reclamar. Trabajamos a resultado: si vos no cobrás, nosotros tampoco.

Preguntas frecuentes

Lo que más nos preguntan

Soy policía provincial, ¿me cubre una ART?

Depende del régimen. Algunas fuerzas tienen autoseguro o regímenes propios de reconocimiento de incapacidades en lugar de una ART comercial. La vía de reclamo cambia, pero el derecho a que se reconozca la incapacidad existe igual. Lo revisamos en la consulta.

¿El estrés postraumático se puede reclamar?

Sí, cuando se acredita el nexo con la actividad mediante pericias. Es un reclamo que las aseguradoras suelen resistir, pero tiene reconocimiento en la jurisprudencia laboral.